Ética: convicción y responsabilidad
Publicado el 10 de Agosto de 2010
Por Héctor Recalde Diputado Nacional - FPV.
Diario Tiempo Argentino.
Tantos años en la oposición generó en mí una suerte de inercia que me llevó, inicialmente, a que me diera ‘calor’ mi rol oficialista. Al poco de andar, el ‘lorca’ se transformó en orgullo.
Muchas cosas me impactaron profundamente desde mayo de 2003. Confieso que copié a Néstor Kirchner cuando dijo que no dejaría sus convicciones en la puerta de la Casa de Gobierno. En mi caso, mi portal está en el Congreso y entro siempre con las mismas convicciones de toda la vida. Las transformaciones de fondo fueron muchas.
Déjenme sintetizarlas en dos, tal vez tres de la doctora Cristina Fernández: el final del latrocinio contra los jubilados y el país de las AFJP; la Asignación Universal (¡Sí, universal!) por Hijo. Son dos cambios estructurales.Tantos años en la oposición generó en mí una suerte de inercia que me llevó, inicialmente, a que me diera “calor” mi rol oficialista. A poco de andar, el “lorca” se transformó en orgullo. No se me escapa todo lo que falta, pero nadie puede cuestionar el rumbo. En esta dialéctica estoy convencido de que el manejo de los tiempos no genera contradicción entre la ética de la convicción con la ética de la responsabilidad. Y esto lo podría discutir 82 veces, sin moverme de mis convicciones.
Con estos paradigmas asumí mi responsabilidad como diputado nacional, sin desconocer que iba a sufrir ataques personales por proyectos de mi autoría que tocaron varias vísceras sensibles. (Perón dixit).
Veamos: ¿Se acuerda de los vales alimentarios o tickets canasta? Durante 18 años no aportaron nada al sistema previsional. Sólo la mitad de ese lapso derivaron una parte de sus ingresos (14%) a los recursos relativos a las asignaciones familiares.
Su eliminación hoy representa para el Fisco $ 1,6 mil millones anuales. Eso significa que ya desde 1989 varios bolsillos –no del Estado ni de los trabajadores– se llenaron con unos $ 21 mil millones. No es poco, ¿verdad?
En realidad no fueron tantos los proyectos propios que se convirtieron en ley, seguramente por aquello que decía el general Perón de que las cosas hay que hacerlas “en su medida y armoniosamente”. Como participo de esa metodología se podría comparar lo hecho con lo que falta hacer.
Lo sorprendente es que a algunos sectores económicos no hay parangón que les venga bien.
La metodología de los tickets, que se eliminaron no de golpe y porrazo, sino al cabo de nueve meses embarazosos de discusión y 20 meses para su extinción, tiene que ver con la rana y el agua hirviendo. Pusimos las ranas en agua fría a calentarse. Si las hubiéramos puesto en agua hirviendo no se hubieran comido el sapo y habrían saltado al toque de la olla. Claro, un método distinto utilizaron nuestros criollos en las invasiones inglesas.
Tal vez otro proyecto que molestó fue que en caso de duda el juez laboral deba estar a favor del trabajador. Esto ni siquiera fue una creación normativa del peronismo que luego hizo desaparecer la dictadura. Es el favor debilis del derecho romano (Art. 9 L.C.T). O aquel otro que presume que el trabajador voluntariamente no le regala derechos a su empleador. Cuando Mendieta le recomienda a Inodoro Pereyra “negociemos”, no le dice que regale nada, sino que busque un do ut des, es decir un intercambio. (Art. 12 L.C.T).
Seguramente las quejas tengan en cuenta la vertiginosidad de los cambios que propuse. Por ejemplo que la jornada de trabajo se limite a las ocho horas diarias o 48 horas semanales (Art. 198 de la L.C.T. modificada por la ley de empleo de 1991, y Art. 3º ley 11.544). Después de todo, sólo pasaron 120 años desde que el movimiento obrero argentino lo viene reclamando, o sea ni siquiera un bicentenario. Espero que nadie considere un ataque a la libertad de prensa la ley que elevó de tres a cuatro feriados nacionales por año los que gozarán nuestros compañeros canillas al consagrarse el 7 de noviembre, en homenaje a Florencio Sánchez, como Día del canillita.
Todos sabemos que hay trabajos muy duros, desarrollados en zonas inhóspitas. La Ley 26.176 disminuyó el Impuesto a las Ganancias que entre otras, por esas razones, benefició a los trabajadores petroleros, proyecto que como muchos otros, suscribiera el bloque oficialista que integro.
Con el matrimonio gay se puede estar de acuerdo (mi caso) o en desacuerdo, pero son muy pocos los que aun desaprobándolo niegan que haya desigualdades que deban ser corregidas.
En el contrato de trabajo, universalmente la doctrina ius laboralista parte de la base de la existencia de desigualdades entre patrón y obrero, que deben ser corregidas por el amparo legal. La excepción fue la dictadura militar y no creo que se invoque esta fuente para criticar mi proyecto. (Art. 17 bis de la L.C.T.). Vale la pena recordar que el artículo 14 bis, reforma 1957 de la Constitución Nacional, comienza diciendo que “el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes” y que el 75 inc. 19 (1994) consagra el principio de justicia social y de progresividad de los derechos. Estas cláusulas constitucionales refuerzan el sentido tutelar del derecho del trabajo.
Por suerte respecto de la ley que impide que los bancos cobren comisión a los más de 7 millones de trabajadores que tienen cuentas sueldo, comparto “culpas” con el Diputado Norberto Erro.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dijo que era inconstitucional el tope legal puesto a las indemnizaciones por despido. Qué mejor seguridad jurídica que la de corregir la ley inconstitucional para evitar juicios laborales innecesarios y contraproducentes. Esto puede disgustar a algunos, pero el llanto debe mojar la calle Talcahuano, no la Avenida Rivadavia. En todo caso vale la pena decir que en 1945 la indemnización mínima por despido equivalía a comprar 3333 kg de pan (homenajeo así al ex juez laboral Héctor Genoud) y en la actualidad, pese a la derogación de leyes regresivas, se redujo a 250 ($ 1500, salario mínimo / $ 6 el kg de pan)
También quiero referirme a un anteproyecto de ley que estoy elaborando, haciendo interconsultas con aportes de especialistas de varias disciplinas, relativo a un derecho constitucional: la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas.
En la reforma de 1957, proscripto el peronismo, se sancionó, entre otros, este derecho de los asalariados. Me parece que ningún derecho constitucional debe ser letra muerta. Estoy dispuesto a ver, mediante un amplio debate, cómo se implementa, ya que no podría discutirse su procedencia porque está garantizado por la Constitución Nacional, pero sí sus alcances. Creo que tal vez su mera enunciación asuste, pero no es esa mi intención. Prefiero el diálogo razonable para ver cómo la regulación legal de un derecho, que es operativo y debe ser garantizado, puede ser viabilizado en beneficio de los trabajadores, no sólo en los que laboran en empresas con ganancias sino también los que trabajan en las que empatan o pierden (por ejemplo, un fondo solidario), también de las empresas –sobre todo de las pequeñas–, de la inversión, de incentivos a la producción (pensemos, por ejemplo en el mercado interno) y del pueblo en su conjunto. La idea es que contribuya a una sociedad más igualitaria, más solidaria y más justa. Tal vez haya más coincidencias que las esperables. Por lo menos a eso aspiro.
Realmente no sería auténtico si dejara pasar por alto algunas declaraciones empresarias que cuestionaron a nuestro gobierno, como si no se respetara “un marco institucional republicano sólido, la seguridad jurídica, reglas de juego estables y previsibles y el pleno respeto por la actividad privada”. Pocas veces en nuestra historia tuvieron plena vigencia esas “reivindicaciones” que ahora levantan esas corporaciones multirubros primero alentadas y ahora presididas fácticamente por corporaciones mediáticas. El Decreto 222/03, firmado por el doctor Néstor Carlos Kirchner, fue la máxima expresión de seguridad jurídica para todo nuestro pueblo (no sólo para algunas corporaciones) al integrar esta Corte Suprema de Justicia.
Esas declaraciones, al ser meramente retóricas, le dan un gusto a intenciones condicionantes de la soberanía popular, más allá del desconocimiento de la penosa historia de la que hacen gala los “declarantes”, historia de la que fueron protagonistas. El marco institucional republicano exige que para gobernar se necesita ser votado por el pueblo. Se acerca una buena oportunidad para que se presenten a elecciones.